El reglamento de la (UE) No 1004/2014 DE LA COMISIÓN de 18 de septiembre de 2014 por el que se modifica el anexo V del Reglamento (CE) no 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los productos cosméticos, en el apartado 2, considera que: En diciembre de 2010, el Comité Científico de los Productos de Consumo («CCSC»), creado en virtud de la Decisión 2008/721/CE de la Comisión ( 2 ), adoptó un dictamen sobre los parabenos ( 3 ). Dicho dictamen fue seguido de una aclaración en octubre de 2011 ( 4 ), en respuesta a la decisión unilateral de Dinamarca —adoptada con arreglo al artículo 12 de la Directiva 76/768/CEE del Consejo ( 5 )— de prohibir el propilparabeno y el butilparabeno, sus isoformas y sus sales en productos cosméticos destinados a niños menores de tres años, debido a su potencial actividad endocrina. El CCSC confirmó las conclusiones de 2010 y 2011 en un nuevo dictamen de mayo de 2013 ( 6 ), que la Comisión había solicitado a la luz de un nuevo estudio sobre la reprotoxicidad del propilparabeno. En el Formulario Nacional, la fórmula patrón de la solución concentrada de parabenes se describe como: Parahidroxibenzoato de metilo 8 g Parahidroxibenzoato de propilo 2 g Propilenglicol c.s.p. 100 g Si se considera que el propilparabeno está prohibido para productos cosmétios destinados a niños menores de 3 años , ¿Sería seguro su uso por vía oral? , Muchas monografías pediátricas incluyen el agua conservans como componente.

Nor
Preguntó 25 Noviembre, 2015

1 Respuesta

Carmen Bau Staff
25 November, 2015

Hola,
El uso de los parabenos está siendo controvertido si bien no se ha prohibido. Solo se ha prohibido el uso de parabenos de cadena alta.
Desde hace años la dosis de uso de parabenos de cadena corta también esta regulada.
Dado que como describe hay gran controversia lo recomendable es emplear lo permitido. Por un lado el FN permite el uso de agua conservans para la elaboración de productos orales. El Formulario Nacional publicado por la AEMPS se ha revisado en 2015 y esta monografía no ha sido modificada, por lo tanto es permitida.
Por otro lado existe un draf de la EMA que detalla la situación del uso de parabenos de cadena corta en la elaboración de medicamentos pediátricos.
Reflection paper on the use of methyl- and propylparaben as excipients in human medicinal products for oral use. Del 25 April 2013. Documento: EMA/CHMP/SWP/272921/2012. Committee for Medicinal Products for Human Use (CHMP).
En dicho documento se menciona el uso de metil y propil parabeno cuando se puede justificar el riesgo/beneficio, teniendo en cuenta que no hay estudios que avalen de modo fehaciente la toxicología de este tipo de parabenos.
Este documento es el que se emplea como documento de referencia en Farmacia Hospitalaria, donde se siguen empleando estos parabenos en el agua conservans para la elaboración de medicamentos individualizados para uso pediátrico.
Por último comentar que existen especialidades farmacéuticas registradas para uso pediátrico con parabenos en su composición que siguen vigentes en el Mercado y no se ha comunicado la necesidad de reformularlas o darlas de baja para eliminar estos conservantes, por lo tanto se siguen considerando seguras.
Saludos